El territorio Nacional del Gran Chaco con capital en Villa
Occidental fue creado el 31 de enero de 1872 mediante un decreto del presidente
Domingo Faustino Sarmiento nombrando al comandante de las fuerzas argentinas
acantonadas en Asunción, Julio de Vedia, como gobernador. En octubre del mismo
año, el Congreso Nacional ratificó el decreto del P.E.N. a través de la sanción
de la Ley Nº 576. Los límites del territorio, que no fueron mencionados en el
decreto ni en la ley se extendían aproximadamente desde el Río Salado al sur,
hasta el río Verde al norte. Hacia el oeste, no estaban definidos pero incluían
la mitad oriental de la actual provincia de Santiago del Estero.
Los límites fueron precisados por la Ley N° 1532, del 16 de
octubre de 1884, llamada "De Organización de los Territorios
Nacionales", el Gran Chaco quedo dividido en dos gobernaciones: la de
Formosa, al norte del río Teuco-Bermejo y la del Chaco al sur de ese curso de
agua. Para este último establecía los siguientes límites:
Por el Este los ríos Paraguay y Paraná, desde la
desembocadura del Bermejo en el primero, hasta la boca del arroyo del Rey en el
segundo. Por el Sur y Oeste las siguientes líneas: el arroyo del Rey hasta
encontrar el Paralelo 28° 15', este mismo paralelo y una línea que partiendo de
San Miguel, sobre el Salado, pase por Otumpa, hasta encontrar el paralelo
mencionado. Por el Norte una línea que partiendo de las Barrancas, sobre el río
Salado, pasa por la intersección de la línea rumbo sur del Fuerte Belgrano con
el Bermejo.
Por la Ley Nacional N° 1894 del 13 de noviembre de 1886, se
aprobó el Convenio de Límites Interprovincial, firmado el 15 de setiembre de
ese año en Buenos Aires, entre las provincias de Santa Fe y de Santiago del
Estero que delimitó completamente las fronteras entre ambas provincias.6
Por la Ley N° 4141 del 7 de noviembre de 1902 se le adjudica
una importante extensión del Territorio Nacional del Chaco, adquiriendo la
provincia los límites actuales.7
Por el Decreto-Ley N° 22.312 del 31 de octubre de 1980, se
aprobó el Convenio Interprovincial entre Santiago del Estero y Tucumán, que
fijó los límites entre ambas provincias y que había sido firmado previamente en
Termas de Río Hondo. Poniendo fin a un conflicto secular.8
El 18 de diciembre de 1979, los gobernadores militares de
Salta y de Santiago del Estero, firmaron un Convenio de Límites
Interprovinciales en la ciudad de Rosario de la Frontera. Mediante este
convenio, se delimitó completamente la frontera entre ambas provincias.9
Posteriormente, el gobierno nacional promulgó el Decreto-Ley N° 22.347 del 2 de
diciembre de 1980 aprobando el convenio.10
El 18 de abril de 1983, el gobierno militar promulgó el
Decreto-Ley N° 22.789, definiendo completamente la frontera con la provincia de
Córdoba.11
Conflicto de límites con Catamarca
Las provincias de Catamarca y de Santiago del Estero
mantienen un diferendo limítrofe en la zona de la localidad de Las Palmitas, la
cual de acuerdo a la Ley Nacional N° 22742 promulgada por el gobierno militar
el 14 de febrero de 1983 y que define completamente el límite entre ambas,
debería formar parte de Santiago del Estero en el Departamento Choya, pero
tiene estafeta postal, oficina de Registro Civil, destacamento policial, posta
sanitaria y escuelas que dependen de la Provincia de Catamarca, que reclama ese
territorio como propio. La Constitución de la Provincia de Catamarca desconoce
expresamente el Decreto-Ley N° 22742, mientras que la Constitución de Santiago
del Estero la reconoce expresamente en la cláusula transitoria cuarta.
Ratifícanse los límites de la Provincia de Santiago del
Estero con la Provincia de Córdoba, Catamarca, Tucumán y Salta, fijados por las
Leyes Nacionales Nros. 22.789/83, 22.742/83, 22.310/80 y 22.347/80,
respectivamente.